El pasado 25 de Noviembre se hizo pública la convocatoria para la concesión de ayudas urgentes para fomentar la contratación de personas desempleadas del Principado de Asturias, como medida de preparación para la recuperación y reparación en el contexto de la pandemia COVID-19
“ Todos nuestos clientes que cumplían los requisitos para poder acceder a la misma, han sido avisados y les hemos tramitado la subvención en los primeros días de convocatoria, puesto que se sigue el orden de prelación temporal del registro de las solicitudes, hasta agotar la financiación disponible”
Las características de dicha subvención eran las siguientes:
Beneficiarios
Las empresas, las trabajadoras y trabajadores autónomos y las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y que, en su condición de empleadoras, contraten por cuenta ajena a partir del 1 de marzo de 2021 a personas en situación de desempleo en centros de trabajo ubicados en el Principado de Asturias. Serán subvencionables los contratos formalizados en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2022 (ambos inclusive).
Importe
1) Contrato indefinido: la ayuda será de 7.500 € por cada nuevo contrato suscrito con una persona en situación de desempleo, que se incrementará a 9.000 € en el caso de que la persona contratada sea parado de larga duración, mayor de 52 años, o joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (en adelante SNGJ).
2) Contrato temporal: la ayuda será de 3.500 € por cada nuevo contrato suscrito con una persona en situación de desempleo, que se incrementará a 4.200 € en el caso de que la persona contratada sea parado de larga duración, mayor de 52 años, o joven inscrito en el SNGJ.
3) Las cuantías fijadas se incrementarán en un 5% cuando la persona contratada sea mujer o el centro de trabajo esté ubicado en concejo de población inferior a 5.000 habitantes siendo ambos porcentajes acumulables. Este porcentaje se elevará al 25% cuando la persona contratada sea mujer víctima de violencia de género.
4) En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida, sin que ésta pueda ser inferior al 50 por 100 de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.
Requisitos
A. El trabajador/a subvencionado deberá constar inscrito como demandante de empleo al menos el día anterior al del inicio de la contratación.
B. Cada contratación incentivada deberá suponer un incremento neto de la plantilla media del código de cuenta de cotización de los 4 meses previos a la contratación subvencionada, en relación a los trabajadores incluidos en el mismo código cuenta de cotización ponderados por su porcentaje de jornada.
C. El nivel de plantilla media del código de cuenta de cotización debe de mantenerse durante seis meses desde la contratación indefinida objeto de subvención.
D. La obtención de la subvención conlleva la obligación de mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras contratadas, por un período mínimo de 24 meses en el caso de la contratación indefinida y 12 meses en el caso de las contrataciones temporales.
E. Los beneficiarios de las ayudas deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudora de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo de presentación.
Será de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la de la convocatoria del 26/11/22 hasta el 10/12/22.
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