3º cambio de base de cotización de autónomos

Recordamos que desde el 1 de enero de 2018, los trabajadores autónomos podrán realizar hasta 4 cambios de base de cotización dentro de cada año natural.

 

Los plazos para presentar las solicitudes de cambio de bases son las siguientes:

 

·                     Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, efectos a partir del 1 de abril

·                     Presentación del 1 de abril al 30 de junio, efectos a partir del 1 de julio

·                     Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, efectos a partir del 1 de octubre

·                     Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, efectos a partir del 1 de enero (año siguiente)

 

Se puede elegir cualquier base de cotización de las comprendidas entre aquella por la que venía cotizando y el límite máximo que les sea de aplicación, de acuerdo en todo caso con lo dispuesto en la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento según tramos de edad:

 

·                     Pueden elegir libremente su base de cotización todos los trabajadores autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2018, cuya base de cotización de diciembre de 2016 haya sido igual o superior a 1.964,80 euros al mes.

·                     Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2018 y una base de cotización inferior a 1.964,70 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.964,70 euros mensuales.

·                     En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero de 2018, su base de cotización mínima está comprendida entre 992,19 y 2.023,50 euros, salvo excepciones (cónyuge mayor de 45 años que se haya hecho cargo del negocio de un autónomo fallecido, en cuyo caso estará comprendida entre 893,10 y 1.964,70 euros mensuales.

·                     Los mayores de 50 años con al menos 5 años cotizados podrán cotizar por una base comprendida entre 919,80 y 2.023,50 euros/mensuales si su última base de cotización es inferior o igual a 1.964,70 euros, mientras que si es superior, habrán de cotizar por una base comprendida entre 919,80 euros mensuales y el importe de aquélla incrementado en un 5%. 

 

El  día 30 de este mes de septiembre finalizará el plazo para hacer uno de los cambios permitidos.

 

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